ASPIRANTES A SER ALCALDES LOCALES 2012 - 2015

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INSCRIPCIONES

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CRONOGRAMA - FEBRERO 1 -3 Inscripciones 4-7 Análisis de las hojas de vida y documentación, por parte de las JAL y la Universidad Nacional 8 Publicación de lista definitiva de l@s aspirantes inscrit@s. 9-13 Interponer reclamaciones de l@s interesad@s ante las JAL.

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CRONOGRAMA - FEBRERO 14-16 Emitirán respuestas a las reclamaciones interpuestas. 15 Anuncio del lugar y hora de exámenes. 17 Publicación del listado de l@s aspirantes admitid@s para el examen en el portal del Distrito Capital, en las JAL y en las Alcaldías Locales. 18 Prueba de conocimiento, aptitudes y habilidades.

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CRONOGRAMA - FEBRERO 21 Publicación de listados de l@s aspirantes clasificados en el portal del Distrito Capital, en las JAL y en las Alcaldías Locales. 22-26 Término para interponer reclamaciones. 27-29 Las JAL, con el apoyo de la Universidad Nacional, resolverán las reclamaciones

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CRONOGRAMA - MARZO 1 Publicación de la lista definitiva de clasificados. 1-12 Las JAL deliberarán y escogerán de  la lista de clasificad@s, previa audiencia pública, la terna a presentar al señor Alcalde Mayor. 13 JAL radica terna ante la Secretaría Distrital de Gobierno. 13-30 Entrevista con ternad@s y designar los alcaldes locales

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REQUISITOS Formato de inscripción debidamente diligenciado y firmado. Hoja de vida del o la postulada, (en medio físico y magnético) Fotocopia legible y ampliada de la cédula de ciudadanía.

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REQUISITOS Afirmación en la que se indique que no cuenta con antecedentes judiciales ni se encuentra incurso en ninguna de las inhabilidades contenidas en el artículo 66 del Decreto Ley  1421 de 1993 , salvo respecto de la contenida en el numeral 4, toda vez que la misma opera y será analizada en el momento del nombramiento del o la alcaldesa local, por parte del señor Alcalde Mayor. VER LA NORMA

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SE DEBE ACREDITAR RESIDENCIA Certificación actualizada expedida por la Alcaldía Local. DESARROLLO DE ACTIVIDAD INDUSTRIAL O COMERCIAL Certificado de Cámara y Comercio con una expedición no anterior a tres meses. ACTIVIDAD LABORAL EN LA LOCALIDAD Certificación en la que conste el tiempo de trabajo y la dirección de la empresa, así como la naturaleza jurídica y domicilio de la misma.

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SE DEBE ACREDITAR ACTIVIDAD PROFESIONAL . Certificación expedida por la persona jurídica en la que se ha desarrollado la actividad profesional, en la que conste funciones desempeñadas, tiempo de servicio, domicilio y naturaleza de la persona jurídica. ACTIVIDAD QUE HAYA SIDO EJERCIDA DE MANERA INDEPENDIENTE Declaración extrajuicio en la que se señale la actividad profesional, tiempo de ejercicio y ubicación en donde se ha desarrollado.

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TAREA TOD@S A PRESENTARNOS

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Decreto Ley  1421 de 1993 Artículo 66 Hayan sido condenados a pena privativa de libertad, excepto en los casos de delitos culposos o políticos. Hayan sido sancionados con la pena de destitución de un cargo público, o se encuentren, temporal o definitivamente, excluidos del ejercicio de una profesión en el momento de la inscripción de su candidatura. Hayan perdido la investidura de miembros de una corporación de elección popular.

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Decreto Ley  1421 de 1993 Artículo 66 Dentro de los tres (3) meses anteriores a la inscripción de la candidatura se hayan desempeñado como empleados públicos en el Distrito; hayan sido miembros de una junta directiva distrital; hayan intervenido en la gestión de negocios o en la celebración de contratos con el Distrito o hayan ejecutado en la localidad contrato celebrado con organismo público de cualquier nivel. Sean cónyuges, compañeros o compañeras permanentes o parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, o primero de afinidad o civil, de los concejales o de los funcionarios distritales que ejerzan autoridad política o civil. VOLVER