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Razones para la huelga general (1ªparte) :Razones para la huelga general (1ªparte) Pásalo! 29-S ¿Por qué una huelga general? :¿Por qué una huelga general? La reforma de la legislación laboral que plantea el Gobierno tendría estas consecuencias fundamentales: 1.- El despido será más fácil y barato. 2.- Se va a incrementar la temporalidad en el empleo. Slide 3:3.- Se incrementará la capacidad de decisión de los empresarios, dejando desprotegidos a millones de trabajadores de pequeñas y medianas empresas. 4.- La negociación colectiva sufrirá un duro golpe, en un proceso de fragmentación que favorecerá la individualización de las relaciones laborales. Esta reforma pretende ser un paso más para desmantelar la protección social y laboral: :Esta reforma pretende ser un paso más para desmantelar la protección social y laboral: Un despropósito más, exigido por el FMI y los mercados financieros, que comenzó con las medidas de ajuste contra la inversión pública y los empleados públicos. Pero “Bruselas” y la patronal aún quieren más… ¿Creías que se iban a quedar satisfechos? :¿Creías que se iban a quedar satisfechos? 15 de junio de 2010: “Bruselas pide a España más medidas de ajuste para 2011 en plena crisis de deuda”. 14 de junio de 2010: “CEOE considera insuficiente la reforma laboral”. Esta reforma laboral: :Esta reforma laboral: Perjudica sobre todo a la contratación indefinida ordinaria, dando carta de naturaleza al “despido express” derivado del reconocimiento de la improcedencia de la extinción del contrato por causa objetiva por parte del empresario, con una disminución de los costes empresariales que tiene en la actualidad, por la vía de los salarios de tramitación y de las cotizaciones que se ahorra. Slide 7:Los empresarios podrán ahora “incurrir en el mismo fraude consentido por la ley, de invocar causas económicas o de carácter objetivo inexistentes que puede reconocer el mismo empresario como improcedentes, y subvencionar la indemnización con los fondos públicos del FOGASA”. Además… :Además… Se aplicará la indemnización, y además sin límite en la cuantía, por el FOGASA a los contratos de fomento de la contratación indefinida aunque el contrato se haya extinguido por causas objetivas declaradas o reconocidas como improcedentes, lo que constituye una subvención con dinero publico del despido sin causa. Slide 9:El conjunto de las distintas propuestas supone un claro incremento del poder de dirección empresarial en la adopción de medidas de flexibilidad, sin que se hubieran mejorado los derechos de participación, de información y de consulta de la representación legal de los trabajadores. Slide 10:Próxima entrega: el futuro de la negociación colectiva con la reforma laboral, o “cómo disminuir los derechos de los trabajadores/as para mantener o mejorar sus condiciones laborales”. Fuente: http://www.ccoo.es Pásalo!
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