logging in or signing up asdo compuman2 Download Post to : URL : Related Presentations : Share Add to Flag Embed Email Send to Blogs and Networks Add to Channel Uploaded from authorPOINT lite Insert YouTube videos in PowerPont slides with aS Desktop Copy embed code: (To copy code, click on the text box) Embed: URL: Thumbnail: WordPress Embed Customize Embed The presentation is successfully added In Your Favorites. Views: 27 Category: Entertainment License: All Rights Reserved Like it (0) Dislike it (0) Added: April 26, 2009 This Presentation is Public Favorites: 0 Presentation Description No description available. Comments Posting comment... Premium member Presentation Transcript Contrato De Trabajo : Contrato De Trabajo Hay relación laboral cuando una persona en forma voluntaria y personal, desarrolla tareas para otra persona física o empresa, bajo su dependencia, recibiendo una remuneración a cambio. Jornada Laboral : Jornada Laboral La Ley Nacional Nº 11.544 del año 1929 fija el siguiente parámetro: «Artículo 1º - La duración del persona ocupada por cuenta ajena en trabajo no podrá exceder de ocho horas diarias o cuarenta y ocho semanales para toda explotaciones públicas o privadas aunque no persigan fines de lucro. Remuneración : Remuneración El salario o remuneración salarial, es el pago que recibe de forma periódica un trabajador de mano de su patrón a cambio del trabajo para el que fue contratado. El empleado recibe un salario a cambio de poner su trabajo a disposición del jefe, siendo éstas las obligaciones principales de su relación contractual. Cuando los pagos son efectuados en forma diaria, recibe el nombre de jornal.Si es entre las 12 será jornal matinal y si es pasadas las 12 será diurno. El salario es el elemento monetario principal en la negociación de un contrato de trabajo. Es la contraprestación en la relación bilateral, aunque en algunas ocasiones se tienen también en cuenta otras condiciones laborales como vacaciones, jornada, etc. Aguinaldo : Aguinaldo Todos los trabajadores, deben recibir un sueldo anual complementario (aguinaldo), equivalente al mejor salario percibido en el ultimo semestre. Este pago se efectúa en dos cuotas que se deben abonar con los sueldos de junio y de diciembre cada año, respectivamente. Vacaciones : Vacaciones Las vacaciones o licencia anual ordinaria es el periodo de descanso continuo y remunerado, otorgado anualmente por el empleador al trabajador, y se denomina licencia anual por vacaciones. El objetivo de las vacaciones es proteger la integridad psicofísica del trabajador. Licencia por Maternidad : Licencia por Maternidad Prohibido el trabajo del personal femenino durante 45 días anteriores al parto, y hasta 45 días después del mismo. La interesada puede optar por reducir la licencia, se acumulará al periodo de descanso posterior al parto. En caso de nacimiento de pretérmino, se acumulará al descansó posterior todo el lapso de licencia, de modo de completar los 90 días. Feriados y Licencias Especiales : Feriados y Licencias Especiales En la República Argentina los días feriados nacionales y los días no laborables se rigen por las leyes nacionales. Se distingue entre día feriado nacional y día no laborable. Los días feriados pueden ser fijos o trasladables a un lunes por motivos turísticos y pueden caer siempre en el mismo día del año o ser móviles por ser fiestas religiosas dependientes de otros calendarios. En éste artículo se tratará sólo de los feriados y días no laborables correspondientes al ámbito federal (todo el país), pero existen también feriados provinciales, municipales y días conmemorativos de las distintas ramas laborales y educativas. Accidentes : Accidentes Se considera accidente a todo acontecimiento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar del trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo. Enfermedad : Enfermedad Cada enfermedad inculpable que impida la prestación del servicio no afecte el derecho del trabajador o percibir su remuneración durante un periodo de 3 meses, si u antigüedad en este fuere menor de 5 años, y de 6 meses si fuera mayor. Riesgos de Trabajo : Riesgos de Trabajo Las ART son empresas privadas que tienen como objetivo brindar las prestaciones dispuestas por la ley de riesgo de Trabajo. Todo trabajador tiene el derecho de gozar de una ART. Seguro de Vida Obligatorio : Seguro de Vida Obligatorio La falta de contribución de la cobertura del seguro es considerada infracción, y el empleador será responsable, debiendo abonar el beneficio del seguro en caso de fallecimiento del trabajador este seguro de vida no cubre los riesgos por invalidez total, permanente irreversible, sino que cubre los riesgos de muerte. Edad Mínima : Edad Mínima Ley nº26.390 (Prohibición del trabajo infantil y producción del trabajo adolescente) elevo la edad de 14 a 15 hasta el 2010, después pasara a 16 años. Despidos : Despidos El despido es la acción a través de la cual un empleador da por finalizado unilateralmente un contrato laboral con su empleado. Seguridad Social : Seguridad Social El trabajador y el empleador están obligados a realizar aportes y contri-buciones correspondientes a jubila-ciones, obras sociales, etc. Los porcentajes se calculan sobre el sueldo bruto. Tabla de Aportes y Contribuciones : Tabla de Aportes y Contribuciones Los porcentajes se calculan sobre el sueldo bruto que percibe el trabajador. El empleador es el responsable de retener e ingresar el aporte obligatorio que debe realizar el trabajador . Asignaciones : Asignaciones Le corresponde al trabajador cobrar las siguientes asignaciones: Por hijo Por maternidad Prenatal Por ayuda escolar Por nacimiento, adopción Por Matrimonio. You do not have the permission to view this presentation. In order to view it, please contact the author of the presentation.
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Jornada Laboral : Jornada Laboral La Ley Nacional Nº 11.544 del año 1929 fija el siguiente parámetro: «Artículo 1º - La duración del persona ocupada por cuenta ajena en trabajo no podrá exceder de ocho horas diarias o cuarenta y ocho semanales para toda explotaciones públicas o privadas aunque no persigan fines de lucro. Remuneración : Remuneración El salario o remuneración salarial, es el pago que recibe de forma periódica un trabajador de mano de su patrón a cambio del trabajo para el que fue contratado. El empleado recibe un salario a cambio de poner su trabajo a disposición del jefe, siendo éstas las obligaciones principales de su relación contractual. Cuando los pagos son efectuados en forma diaria, recibe el nombre de jornal.Si es entre las 12 será jornal matinal y si es pasadas las 12 será diurno. El salario es el elemento monetario principal en la negociación de un contrato de trabajo. Es la contraprestación en la relación bilateral, aunque en algunas ocasiones se tienen también en cuenta otras condiciones laborales como vacaciones, jornada, etc. Aguinaldo : Aguinaldo Todos los trabajadores, deben recibir un sueldo anual complementario (aguinaldo), equivalente al mejor salario percibido en el ultimo semestre. Este pago se efectúa en dos cuotas que se deben abonar con los sueldos de junio y de diciembre cada año, respectivamente. Vacaciones : Vacaciones Las vacaciones o licencia anual ordinaria es el periodo de descanso continuo y remunerado, otorgado anualmente por el empleador al trabajador, y se denomina licencia anual por vacaciones. El objetivo de las vacaciones es proteger la integridad psicofísica del trabajador. Licencia por Maternidad : Licencia por Maternidad Prohibido el trabajo del personal femenino durante 45 días anteriores al parto, y hasta 45 días después del mismo. La interesada puede optar por reducir la licencia, se acumulará al periodo de descanso posterior al parto. En caso de nacimiento de pretérmino, se acumulará al descansó posterior todo el lapso de licencia, de modo de completar los 90 días. Feriados y Licencias Especiales : Feriados y Licencias Especiales En la República Argentina los días feriados nacionales y los días no laborables se rigen por las leyes nacionales. Se distingue entre día feriado nacional y día no laborable. Los días feriados pueden ser fijos o trasladables a un lunes por motivos turísticos y pueden caer siempre en el mismo día del año o ser móviles por ser fiestas religiosas dependientes de otros calendarios. En éste artículo se tratará sólo de los feriados y días no laborables correspondientes al ámbito federal (todo el país), pero existen también feriados provinciales, municipales y días conmemorativos de las distintas ramas laborales y educativas. Accidentes : Accidentes Se considera accidente a todo acontecimiento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar del trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo. Enfermedad : Enfermedad Cada enfermedad inculpable que impida la prestación del servicio no afecte el derecho del trabajador o percibir su remuneración durante un periodo de 3 meses, si u antigüedad en este fuere menor de 5 años, y de 6 meses si fuera mayor. Riesgos de Trabajo : Riesgos de Trabajo Las ART son empresas privadas que tienen como objetivo brindar las prestaciones dispuestas por la ley de riesgo de Trabajo. Todo trabajador tiene el derecho de gozar de una ART. Seguro de Vida Obligatorio : Seguro de Vida Obligatorio La falta de contribución de la cobertura del seguro es considerada infracción, y el empleador será responsable, debiendo abonar el beneficio del seguro en caso de fallecimiento del trabajador este seguro de vida no cubre los riesgos por invalidez total, permanente irreversible, sino que cubre los riesgos de muerte. Edad Mínima : Edad Mínima Ley nº26.390 (Prohibición del trabajo infantil y producción del trabajo adolescente) elevo la edad de 14 a 15 hasta el 2010, después pasara a 16 años. Despidos : Despidos El despido es la acción a través de la cual un empleador da por finalizado unilateralmente un contrato laboral con su empleado. Seguridad Social : Seguridad Social El trabajador y el empleador están obligados a realizar aportes y contri-buciones correspondientes a jubila-ciones, obras sociales, etc. Los porcentajes se calculan sobre el sueldo bruto. Tabla de Aportes y Contribuciones : Tabla de Aportes y Contribuciones Los porcentajes se calculan sobre el sueldo bruto que percibe el trabajador. El empleador es el responsable de retener e ingresar el aporte obligatorio que debe realizar el trabajador . Asignaciones : Asignaciones Le corresponde al trabajador cobrar las siguientes asignaciones: Por hijo Por maternidad Prenatal Por ayuda escolar Por nacimiento, adopción Por Matrimonio.