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SISTEMA DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS Ley 13298: 

SISTEMA DE P ROMOCIÓN Y PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS Ley 13298 PROVINCIA DE BUENOS AIRES MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Subsecretaria de Promoción y Protección de los Derechos del Niño Servicio zonal Servicio local

Estas son algunas leyes y normas que nos permitieron llegar hasta acá...: 

2 Estas son algunas leyes y normas que nos permitieron llegar hasta acá... Convención Internacional sobre los Derechos del Niño Ley Nacional 26.061 y Decretos Reglamentarios Ley 13.298 de la Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños y Decreto Reglamentario 300/2005 Ley 13.634 Principios Generales del Fuero de Familia y del Fuero Penal del Niño Decreto 151/2007 Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil Resoluciones Ministeriales (166/07, 171/07 Y 172/07)

PRINCIPIOS... Desde donde nos situamos y lo que nos rige... : 

3 PRINCIPIOS... Desde donde nos situamos y lo que nos rige... El Niño es un sujeto de derechos Debe darse Prioridad a la niñez en las políticas sociales Familia es el agente social fundamental Valoración de la comunidad y de las redes sociales A puesta a las respuestas locales

Qué significa trabajar desde un Enfoque de Derechos: 

4 Qué significa trabajar desde un Enfoque de Derechos Enfoque de derechos La acción es obligatoria . El equipo técnico diseñará una estrategia para resolver la situación con las familias y con los niños y niñas. Lógica de la corresponsabilidad La personas con las que se desarrollan las acciones son participantes activos en las decisiones de los procesos . Se debe apuntar al cambio de estructuras de poder para incluir a aquellos sectores que no tienen decisión. No existe una jerarquía de derechos, se puede priorizar un aspecto pero sin dejar de lado la integralidad. Se trabaja a largo plazo . Los agentes del desarrollo deben empoderar a los sujetos para que puedan ejercer sus derechos. Hay responsables morales o legales como el Estado Nacional, Provincial o Municipal. Responsabilidad pública -obligatoria

Promoción y Protección : 

5 Promoción y Protección INSTITUCIONES DEL ÁMBITO PROVINCIAL Subsecretaría de Niñez y Adolescencia Promoción y protección de los DDN Comisión Interministerial Defensor del Niño Observatorio Social Servicios Zonales Fuero de Familia

Promoción y Protección : 

6 Promoción y Protección INSTITUCIONES DEL ÁMBITO LOCAL COMUNITARIO Servicios locales de promoción y protección de DDN (Prodenya) Consejo Local Organizaciones de la sociedad civil PLAN LOCAL DE ACCIÓN POR LA INFANCIA

Programas: 

7 Programas Promoción de DDN Identificación Defensa de DDN Capacitación. Becas y subsidios Fortalecimiento familiar Protección de DDN Asistencia jurídica. Localización. Orientación Asistencia Directa .

Sistema de Promoción y Protección : 

8 Sistema de Promoción y Protección ES un Conjunto de organismos, entidades y servicios QUE formulan, coordinan, orientan, supervisan, ejecutan y controlan LAS políticas, programas y acciones EN EL ámbito provincial y municipal DESTINADOS A promover, prevenir, asistir, proteger, resguardar y restablecer LOS DERECHOS DE LOS NIÑOs y ESTABLECER los medios para ASEGURAR EL EFECTIVO GOCE DE LOS DERECHOS Y GARANTÍAS reconocidos en la Constitución Nacional, Constitución de la Pcia. De Bs. As., la CDN y demás tratados de DDHH.” (Art. 14 ley 13298)

“La Comisión Interministerial” : 

9 “La Comisión Interministerial” Integrada por referentes (subsecretarios) de las siguientes áreas: Desarrollo Humano, Gobierno, Justicia, Seguridad, Producción, Salud, Trabajo, Cultura y Educación, DDHH y Deportes y Turismo. (Creada por Art. 23. Ley 13298). Es una instancia de coordinación para designar, regular y definir funciones de las distintas áreas en la implementación del Plan de Acción Interministerial. Funciones: Elaborar orientaciones y directrices de las políticas de PPDDN Formular un Plan de acción Bianual Diseñar un modelo replicable en el nivel municipal Sistema de Promoción y Protección Dirección Provincial de Estrategias de Intervención Territorial Subsecretaría de Promoción y Protección de Derechos del Niño

El Servicio Zonal de Promoción y Protección de Derechos : 

10 El Servicio Zonal de Promoción y Protección de Derechos Sistema de Promoción y Protección Es una instancia descentralizada de la Subsecretaría de PPDDN de la Pcia. Integrado por Equipos técnicos profesionales transdisciplinarios. Coordinan y supervisan las funciones de los Servicios Locales de PPDDN. Funcionan como instancia superadora de resolución de conflictos una vez agotada la instancia local Actúan como un Servicio Local cuando no existe el mismo. - Recopilan información estadística y elaboran informes mensuales .

El Consejo Local de promoción y Protección de Derechos : 

11 Sistema de Promoción y Protección El Consejo Local de promoción y Protección de Derechos Es tá formado por representantes (ad-honorem) Ejecutivo Municipal (áreas de Desarrollo Social, Salud, Educación, DDHH, otras) ONG´s (inscriptas en el registro único y elegidas por asamblea) Organismos de DDHH y estudios sociales Universidades (Si las hubiera) Representantes de niños, adolescentes y familias Representantes de Colegios Profesionales

CONSEJO LOCAL: 

12 CONSEJO LOCAL Misión: Diseñar, acompañar, supervisar, el Plan de Acción Local para la Infancia. Asesorar al ejecutivo y legislativo municipal Controlar la utilización de recursos de programas Colaborar y supervisar al Servicio Local Informar a la Autoridad de Aplicación lo realizado

El Servicio Local de Promoción y Protección de Derechos de Infancia: 

13 El Servicio Local de Promoción y Protección de Derechos de Infancia San Nicolás firmó convenio con el Ministerio de Desarrollo el 21 de mayo de 2008, aunque el Servicio funciona desde 2004, y es conocido como PRODENYA Es una unidad técnico operativa con una o más sedes, compuesto por un equipo interdisciplinario de al menos 1 Trabajador/a Social, 1 Psicólogo/a, 1 Abogado/a, 1 Médico/a. Sistema de Promoción y Protección

El Servicio local en San Nicolás también se conoce como Prodenya: 

14 El Servicio local en San Nicolás también se conoce como Prodenya - Está integrado por una Directora, 5 psicólog@s 4 trabajador@s sociales y dos abogadas. - Cuenta con un servicio de guardia para las urgencias y un equipo de operadores sociales - Está ubicado en Pellegrini 111 (CEMPRE) - El tel: 508835 - El horario es LUNES A VIERNES DE 8 A 12 Y DE 14 A 18

SERVICIO LOCAL: 

15 SERVICIO LOCAL Principios DERECHO del niño/a A SER ESCUCHADO. PARTICIPACIÓN DEL NIÑO/A Y SU FAMILIA. DERECHO A LA INFORMACIÓN. CONFIDENCIALIDAD. INTERES SUPERIOR DEL NIÑO.

FUNCIONES : 

16 FUNCIONES Sistema de Promoción y Protección Ejecutar los programas, planes, servicios y toda otra acción que tienda prevenir, asistir, proteger, y/o restablecer los derechos del niño. Promover y proteger derechos. Recibir denuncias e intervenir de oficio ante el conocimiento de la posible existencia de violación o amenaza en el ejercicio de los DDNN. Propiciar, ejecutar y acompañar alternativas tendientes a evitar la separación del niño de su familia y/o guardadores y/o de quien tenga a su cargo su cuidado y atención.

Y además...: 

17 Y además... Coordinar con los Servicios Locales cercanos. Utilizar bases de datos y manuales de servicios y procedimientos comunes. Actuar cuando lo requieran casos de N. y A. infractores a la Ley Penal .

Servicio Local : Su funcionamiento: 

18 Servicio Local : Su funcionamiento Se organiza en dos áreas de trabajo: ATENCIÓN DE CASOS: Denuncias, diagnósticos, escucha, orientación, seguimiento, supervisión de acciones, confeccionar fichas y llevar registro de la familia atendida. PROGRAMAS Y MEDIDAS : Compromete a todos los actores comunitarios, redes, municipio, provincia. Implementa programas. Sistema de Promoción y Protección

Programas de Promoción de Derechos : 

19 Están dirigidos a TODA la infancia Objetivos Prevenir la amenaza o violación de derechos. Promover relaciones y prácticas institucionales democráticas, que favorezcan un adecuado desarrollo y protección los niños y adolescentes. Estimular en los niños y adolescentes la construcción de una subjetividad autónoma y responsable. Programas de Promoción de Derechos Sistema de Promoción y Protección

Programas de Promoción de Derechos: 

20 Programas de identificación : obtención de partidas de nacimiento y provisión de D.N.I Defensa de los derechos : fortalecer a los niños y adolescentes a través de la difusión de sus Derechos. Formación y capacitación a instituciones de infancia. Programas recreativos y culturales . Becas y subsidios para familias en situación de vulnerabilidad. Fortalecimiento de vínculos familiares comunitarios : acompañar a los niños en procesos de revinculación familiar. Programas de Promoción de Derechos Sistema de Promoción y Protección

Programas de protección de derechos : 

21 Son prestaciones diseñadas con el objeto de: Brindar apoyo y ayuda específica a aquellos niños y familias que atraviesan situaciones críticas a nivel social, jurídico y económico. Fortalecer a los adultos para que ejerzan su función de protectores de los derechos de los niños y adolescentes. Programas de protección de derechos Sistema de Promoción y Protección

Programas de protección de derechos : 

22 Protección y asistencia jurídica. Localización. Atención de necesidades de niños que hayan sido separados por algún motivo de su grupo de origen. Orientación y apoyo en casos de vulneración de derechos. Acompañar a las familias para el desarrollo de sus miembros. Becas, reestablecer derechos violados por motivos económicos sin separar a los niños de su ámbito familiar. Asistencia Directa, cuidado y rehabilitación. Atención de niños y adolescentes que hayan sido víctimas de violencia u otras situaciones extremas o conflictivas. Programas de protección de derechos

Medidas de protección : 

23 Sistema de Promoción y Protección Medidas de protección Limitadas en el tiempo. No pueden producir privación de libertad. Se mantienen mientras dure la amenaza que les dio origen. Deben ser revisadas periódicamente de acuerdo a su naturaleza. El abandono del programa por parte del niño/a nunca puede significar perjuicio para el/la mismo/a. Cuando la amenaza o violación es por pobreza Cuando la amenaza o violación proviene del grupo familiar INCLUSIÓN EN PROGRAMAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN ESPECIAL

MEDIDAS DE PROTECCIÓN: 

24 MEDIDAS DE PROTECCIÓN Cuando la amenaza o violación proviene del grupo familiar MEDIDAS DE PROTECCIÓN ESPECIAL Permanencia temporal en ámbitos familiares alternativos o entidades de atención social y/o de salud . MEDIDA DE ABRIGO MEDIDA DE PROTECCIÓN ESPECIAL SOLICITUD DE GUARDA INSTITUCIONAL Requiere un acta acuerdo Por escrito firmada por los responsables legales del niño. De ejecución en la familia ampliada o en institución Autoriza el servicio Zonal Cuando los responsables legales del niño, no están o no acuerdan. De ejecución en la familia ampliada o en institución. Autoriza el servicio Zonal e informa al asesor de incapaces. Requiere control de legalidad Tiene un plazo estipulado. Se solicita cuando la estrategia requiere plazos más extensos que el abrigo. De ejecución en instituciones La solicita el servicio Zonal al asesor de incapaces y éste al Juzgado, que es quien la dicta. Sistema de Promoción y Protección

Medidas de protección especial EL ABRIGO: 

25 Se aplica en las siguientes situaciones: Cuando las violaciones a los derechos del niño impliquen grave perjuicio a su integridad física, psíquica y social , y se advierta la necesidad de apartarlo de su medio en tanto se evalúen otras estrategias de protección. Cuando el niño lo requiera , por resultarle insostenible su situación de vida en su grupo de convivencia y hasta tanto se produzca la evaluación y mediación para su reintegro o derivación a otro programa. Cuando sea necesario ubicar a familiares, tutores o guardadores en aquellas situaciones en que el niño se encuentra sólo, perdido o desvinculado. Sistema de Promoción y Protección Medidas de protección especial EL ABRIGO

Condiciones de aplicación: : 

26 Plazo máximo : 30 días, prorrogables por única vez por otros treinta días Servicio Local - Servicio Zonal, “Autorización de Ingreso a institución” Informada dentro de las 24 hs. al juez y al asesor de menores para solicitar el control de legalidad. Simultáneamente trabajar con la familia del niño para su retorno al seno fliar siempre que sea posible. Durante la medida, se favorecerá el contacto o vinculación del niño con su familia siempre que sea posible Condiciones de aplicación:

Medidas de protección especial La Guarda Institucional: 

27 Sistema de Promoción y Protección Medidas de protección especial La Guarda Institucional Condiciones de aplicación : cuando las estrategias de corto plazo instrumentadas no han sido satisfactorias, o bien cuando se requiere de plazos más amplios. reconoce casos de severas dificultades de inclusión en familias alternativas a las de origen. Grupos de hermanos numerosos, niños de mayor edad que ingresan con mayor dificultad en los procesos de adopción, etc. Se prevén internaciones prolongadas en espacios convivenciales de características diferentes a los del primer punto. Se legitima con la intervención del Juez de Familia o de Paz competente.

Fuero de Familia (Ley 13634): 

28 Fuero de Familia (Ley 13634) PRINCIPIOS: DERECHO A SER ESCUCHADO. AUDIENCIAS ORALES CON PRESENCIA OBLIGATORIA DE TODAS LAS PARTES. CONFIDENCIALIDAD. PROHIBICIÓN DE DIFUNDIR LA IDENTIDAD DEL NIÑO SUJETO A ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS O JUDICIALES. Sistema de Promoción y Protección

FUERO DE FAMILIA: 

29 FUERO DE FAMILIA Los actuales tribunales de Familia se unipersonalizan en JUZGADOS DE FAMILIA Estarán integrados por Un/a Juez/a de primera instancia, un Consejero/a de familia, y un equipo técnico auxiliar En el proceso de familia podrá tenerse en cuenta lo actuado por los Servicios de Protección de Derechos

El Asesor de Incapaces: 

30 El Asesor de Incapaces Interviene en asuntos judiciales o extrajudiciales en los que estén interesados la persona o bienes de incapaces cuando las leyes así lo dispongan. Debe tomar contacto inmediato y directo con los incapaces que represente judicialmente y con aquellos que requieran su asistencia, aunque no exista causa judicial en trámite. Peticiona en nombre de ellos, por propia iniciativa, cuando carezcan de representantes o existan entre éstos y los incapaces conflicto, para garantizar sus derechos. Asiste al incapaz en toda audiencia ante los jueces de la causa o cualquier otro magistrado Vigila la situación de los incapaces alojados por cualquier causa en lugares de detención o establecimientos sanitarios, velando por el respeto de los derechos. Sistema de Promoción y Protección