Conceptos Básicos de Educación Cívica

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Conceptos Básicos de Educación Cívica Lic. Miguel A. Sibaja Hernández

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NACION POBLACION ORGANIZACION VINCULACION Se considera un grupo humano, consciente de formar comunidad y de compartir cultura común: idioma, religión, historia, etnia y proyecto colectivo delimitado. La comunidad, es un grupo de personas que vive unido bajo diversas reglas y normas de convivencia y la cultura, todo lo que el ser humano hace, piensa, crea, conductas, creencias, conocimientos, tradiciones, costumbres, trabajo, educación, historia, idioma, religión, comidas, visión de mundo, arte; etc. La Nación tiene tres elementos básicos: Población. Grupo de personas que viven juntas en un territorio. Organización. Orden político, económico, social, jurídico, religioso. Vinculación. Elementos diversos compartidos por un grupo de personas.

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ESTADO POBLACION TERRITORIO GOBIERNO Es la sociedad política y jurídicamente organizada, en un territorio dado, con independencia nacional y sujeta a un poder soberano que ejerce sobre la población del territorio. El Estado, posee tres elementos básicos: Población. Grupo de personas que viven juntas. Territorio. Espacio geográfico donde reside la población y el Estado ejerce sus funciones y soberanía. Está limitado por fronteras naturales y políticas. Gobierno. Es el conjunto de funcionarios, instituciones y marco jurídico que rige sobre un territorio y su población.

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GOBIERNO PODER EJECUTIVO PODER JUDICIAL TSE PODER LEGISLATIVO Es la forma política que dirige al Estado. En Costa Rica, tiene los siguientes rasgos: Popular. Es electo por el pueblo en elecciones libres. Alternativo. Tiene un periodo específico para su ejercicio. Participativo. Requiere de la participación de la ciudadanía. Responsable. Debe rendir cuentas cada cierto tiempo al pueblo. Representativo. Representa los intereses del pueblo que lo eligió. Asimismo, se fundamenta en los principios de la Modernidad Política o Estado Moderno: Representatividad. Los gobernantes son representantes del pueblo y deben responder a este. Soberanía Popular. El pueblo decide a quien escoge para gobernar el país y deposita su soberanía. División de Poderes. E l gobierno se divide en órganos independientes, para realizar mejor sus funciones. Constitucionalismo. Es el orden legal en el que se basa el Estado y gobierno. Es la ley superior de un país.

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Los poderes de la República de Costa Rica, son los siguientes: Legislativo. Es el que se encarga de crear, modificar o derogar las leyes. Es el poder más importante y está formado por los diputados. Ejecutivo. Es el encargo de ejecutar o de darle interpretación a las leyes. Está formado por el Presidente, Vicepresidentes, Ministros y Viceministros. Judicial. Es el que se ocupa de velar por el cumplimiento de las leyes y de sancionar a quienes las violenten o incumplan. Está formado por la Corte Suprema de Justicia, Ministerio Público, OIJ, magistrados, jueces y fiscales. Tribunal Supremo de Elecciones. Es el responsable de la organización, dirección y la vigilancia de los procesos electorales. Está formado por una estructura electoral y otra civil, llamada Registro Civil y está a cargo de magistrados.

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HABITANTES Es el conjunto de las personas de un barrio, ciudad o Nación.

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DERECHOS Son reglas de conducta, impuestas por la sociedad a los miembros que la integran, a fin de garantizar el bien común. Se dividen de la siguiente forma: Individuales. Son libertades fundamentales del individuo humano: Vida, Libertad, Tránsito, Domicilio, Documento, Asociación, Reunión, Petición y Resolución, Opinión e Imprenta. Sociales. Corresponden a toda la población. Se refieren a la protección que al Estado le corresponde garantizar, a la familia, madre, niño, anciano, desvalido, trabajo, educación, vivienda, vestido, salud, sano esparcimiento; etc., propician una vida digna y armonía social. Políticos. Corresponden a las personas mayores de 18 años o ciudadanos. Voto, participación en partidos políticos, opiniones, reuniones, asociaciones, propuesta de proyectos; etc.

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DEBERES Son preceptos de orden político, social, cultural, religioso, jurídico o moral; entre otros, de fiel cumplimiento, a los que están obligadas las personas: Pagar impuestos. Estudiar y trabajar. Defender la Patria. Proteger el ambiente. Observar la Constitución Política y leyes.

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CIUDADANIA Es el conjunto de derechos y deberes políticos de las personas mayores de 18 años. Define a una persona, como miembro, con pleno derecho en sociedad.

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CIUDADANIA JOVEN Es el reconocimiento de la condición de la ciudadanía en las personas jóvenes.

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PERSONA CIUDADANA La Constitución Política dice que la ciudadanía es el conjunto de derechos y deberes políticos de los mayores de 18 años. Sin embargo, cumplir la mayoría de edad, no significa libertinaje.

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EDUCACION CIVICA Es una rama de Estudios Sociales que estudia las relaciones sociales entre el ser humano y organizaciones sociales/políticas, como el Estado, instituciones y familia. Es parte esencial de las Ciencias Sociales, en su estudio incluye a la historia, sociología, filosofía, antropología, derecho. Algunos de sus objetivos, son: Fortalecer el estudio de valores: respeto, honestidad, solidaridad, tolerancia e igualdad. Formar ciudadanos responsables y conscientes de los problemas sociales, seres con conciencia cívica, defensores y amantes de la Patria. Promover la identidad nacional, costumbres, tradiciones, derechos y deberes, estudio y comprensión del Estado e instituciones.

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Educación Cívica es importante en el desarrollo personal e intelectual del estudiante, porque guía hacia la formación moral, que se reflejará a lo largo de su vida, ayuda a saber comportarse en sociedad, la cual necesita de ciudadanos responsables, que colaboren con su progreso socioeconómico/político y fomenta valores democráticos, conciencia cívica y respeto del individuo, en los ámbitos donde se desempeñe: Ámbito Familiar. En familia se empieza a socializar, la persona forma su carácter, actitudes y aptitudes ante la vida. Ámbito Escolar. En el sistema educativo, el individuo práctica valores aprendidos en familia y por medio de los programas de estudio, se forman los individuos del mañana. Ámbito Comunal. En comunidades las urbanas/rurales, el individuo tiene el deber de colaborar en todo lo que estas necesiten. Ámbito Nacional. El compromiso de formar una Patria mejor, depende de valores y moral del individuo. Aplicación de la Educación Cívica en la Vida Cotidiana

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Las personas tienen derechos, que deben ejercer y defender activamente y deberes, que deben cumplir efectivamente, para el bienestar de la sociedad. En Costa Rica, existe un marco jurídico en que se sustentan estos principios. Responsabilidades Ciudadanas

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Constitución Política. Según los artículos 1, 18 y 19, el país es una República libre e independiente, regido por una Constitución Política, donde constan el respeto a las normas de convivencia; derechos y deberes del costarricense y del extranjero, que tienen mismos derechos y deberes, con las limitaciones legales, lo cual no significa que se les deba discriminar o rechazar. Código de la Niñez y la Adolescencia. Según el artículo 11, el menor de edad está obligado a respetar la ley, moral y orden público, Patria, familia, personas, ejercer y defender derechos, cumplir obligaciones y conservar el ambiente. El joven conoce sus derechos, pero olvida sus deberes, ser menor de edad no es tener solo derechos y estar exento de deberes. Esta población, no ejerce el voto, pero no se debe minimizar su participación ciudadana. Ley de Justicia Penal Juvenil. En sus artículos del 1 al 7, establece las acciones legales a seguir en el caso de personas entre 12 y menos de 18 años de edad, que son sujetos específicos de ley; personas a las que no se les compruebe la edad, pero cuya apariencia sea de menor de edad, que son objeto de la ley y las personas menores de 12 años, cuyos actos serán vistos por otros tribunales. Sus principios básicos, son: protección integral del menor como su interés superior, respeto a sus derechos, formación integral, reinserción en familia y sociedad, promoción de programas especiales y la protección de los derechos e intereses de las víctimas de los delitos o contravenciones de estos individuos.