logging in or signing up constitucion española. titulo preliminar JBM_CACERES Download Post to : URL : Related Presentations : Share Add to Flag Embed Email Send to Blogs and Networks Add to Channel Uploaded from authorPOINT lite Insert YouTube videos in PowerPont slides with aS Desktop Copy embed code: (To copy code, click on the text box) Embed: URL: Thumbnail: WordPress Embed Customize Embed The presentation is successfully added In Your Favorites. Views: 54 Category: Entertainment License: All Rights Reserved Like it (0) Dislike it (0) Added: February 14, 2011 This Presentation is Public Favorites: 1 Presentation Description Exposición multimedia del Título Preliminar de la Constitución para la preparación de oposiciones elaborado en el Centro de Preparación de Oposiciones OICOR-CACERES Comments Posting comment... Premium member Presentation Transcript CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA: CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA Jesús Bermejo Muriel © 2006Slide 2: TÍTULO PRELIMINARArtículo 1. : Artículo 1. 1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho , que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico: la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. 2. La soberanía nacional reside en el pueblo español , del que emanan los poderes del Estado. 3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria .Artículo 2. : Artículo 2. La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española , patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas .Artículo 3. : Artículo 3. 1. El castellano es de lengua española oficial del Estado . Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. 2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos. 3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.Artículo 4.: Artículo 4. La bandera de España está formada por tres franjas horizontales , roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas. Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales.Artículo 5.: Artículo 5. La capital del Estado es la Villa de Madrid .Artículo 6.: Artículo 6. Los partidos políticos: expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la Ley . Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos .Artículo 7.: Artículo 7. Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios . Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la Ley . Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos .Artículo 8.: Artículo 8. Las Fuerzas Armadas , constituidas por: el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión: garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y defender el ordenamiento constitucional. Una Ley Orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución .Artículo 9.: Artículo 9. 1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico . 2. Corresponde a los poderes públicos: promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. 3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad de los poderes públicos y, la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. You do not have the permission to view this presentation. In order to view it, please contact the author of the presentation.
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